República Bolivariana de Venezuela /
Canarias Socialista.- Tiene que ser desesperante. Haciendo un breve repaso de la historia electoral venezolana en estos últimos catorce años se entienden los berrinches de la derecha.
Con este panorama es normal que los representantes de los intereses, vamos a llamarles, menos populares, quieran sacar toda la ventaja posible tras la muerte del Comandante de cara a las elecciones del próximo 14 de abril. La maquinaria ya está en marcha. Apenas no habían terminado los funerales por Hugo Chávez y tras las incontestables dos últimas consultas electorales de 2012, los medios contrarios al fallecido presidente hablaban de encuestas con resultados muy apretados. Pero lo que más ha sonado en los últimos días es la supuesta inconstitucionalidad del cargo de Presidente Encargado por parte de Nicolás Maduro. Estudiemos el caso:
La oposición alega que Maduro no puede ser presidente encargado porque este cargo corresponde al presidente de la Asamblea, y no al vicepresidente de la República. Si acudimos al artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su título V, capítulo 2, sección primera, “Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: la muerte, su renuncia, la destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, la incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado éste por la Asamblea Nacional, así como la revocatoria popular de su mandato.
Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreto dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional.
Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal y directa dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva.
En los casos anteriores, el nuevo Presidente o Presidenta completará el período constitucional correspondiente.
Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar el mismo.”
El Tribunal Superior de Justicia toma partida en esta situación en la que el Presidente se encuentra en sus primeros cuatro años de legislatura a partir del 10 de enero del primer año de su período constitucional, como reza el artículo 231 de la carta magna, y no ha juramentado el cargo ante la Asamblea Nacional, como exige este mismo artículo. Entonces nos encontramos con un presidente reelecto y en funciones que, al no ausentarse absolutamente se concluye que su inasistencia (justificada y contemplada en la Constitución) al acto de juramentación no extingue ni anula el nuevo mandato ya comenzado.
Estando el mandato ya iniciado a partir del 10 de enero, y siendo el Vicepresidente de la República Nicolás Maduro, fallece el Presidente en sus primeros cuatro años, como recoge el artículo 233, y corresponde la presidencia encargada al vicepresidente mencionado.
Como de lo que se trata es de desestabilizar la situación, ya que la presidencia encargada no tiene por qué afectar el devenir de los próximos comicios, la derecha plantea una situación más de inconstitucionalidad. Interpretan que el artículo 229 de la Constitución bolivariana está siendo incumplido. En él se expresa que “no podrá ser elegido Presidente o Presidenta de la República quien esté de ejercicio del cargo de Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, Ministro o Ministra, Gobernador o Gobernadora y Alcalde o Alcaldesa, en el día de su postulación o en cualquier momento entre esta fecha y la de la elección”. Tras la ausencia total de Hugo Chávez, Nicolás Maduro es juramentado presidente encargado, cargo que no está contemplado en este artículo. Al ser encargado de la presidencia, deja de ejercer la vicepresidencia, y por tanto no presenta ninguna incompatibilidad con la Constitución.
Es la misma historia que venimos siguiendo en los últimos catorce años. La derecha ha perdido credibilidad y terreno entre las masas en favor de un proyecto más inclusivo y que está teniendo sus resultados. Y aunque alguien no se crea la viabilidad y conveniencia del socialismo del siglo XXI, lo que es incuestionable es el apoyo del pueblo a este nuevo planteamiento, y que la derecha no descansará hasta recuperar las riendas de un buen negocio que están viendo perdido en manos de los que antes solo eran mano de obra. Venezuela está dividida, sí, pero de la misma manera que el resto del mundo: entre ricos y empobrecidos.
6 de diciembre de 1998: Chávez es elegido presidente de la República por 3.673.685 personas, un 56,20%, más de 16 puntos de ventaja sobre el segundo más votado, Henrique Salas.
25 de abril de 1999: un referéndum consulta con dos preguntas si el pueblo desea crear una Asamblea Constituyente que modifique la Constitución vigente. Con un 87,75% y un 81,74% a favor se aprueba el inicio de este proceso.
15 de diciembre de 1999: un 71,78% de los votos aprueba la nueva Constitución en referéndum.
30 de julio de 2000: tras la aprobación de la nueva Constitución se convocan elecciones presidenciales, regionales, municipales y parlamentarias que legitimen la aprobación de la nueva carta magna y se refrende, por tanto, la senda política que toma el nuevo gobierno. Chávez es reelegido presidente con un 59,76% de apoyo y 92 de los 165 diputados del parlamento son del MVR.
3 de diciembre de 2000: un 62,02% de votantes aceptan la modificación propuesta por Chávez en el Referéndum Sindical.
15 de agosto de 2004: tras el frustrado golpe de estado de abril de 2002, la oposición decide tomar esta vez la vía electoral para revocar el cargo de Chávez, tal y como contempla la nueva Constitución impulsada por él mismo. Se habían recogido más de tres millones de firmas para el plebiscito, pero el referéndum revocatorio no consiguió su propósito gracias a un 59,1% de votantes que votó NO a su destitución.
31 de octubre de 2004: los candidatos chavistas ganan 20 de las 22 gobernaciones del país y 270 de las 332 alcaldías en las elecciones regionales.
4 de diciembre de 2005: la oposición en masa se retiró de las elecciones parlamentarias argumentando desconfianza en el Consejo Nacional Electoral, aunque este cumplió con todos los pasos requeridos incluso por la derecha, actitud que sorprendió a la OEA y la UE. El resultado fue de 114 diputados del MVR y 53 del resto de grupos afines al Presidente.
3 de diciembre de 2006: en las elecciones presidenciales de este año, el 62,84% de los votos escrutados fue para Hugo Chávez, casi veintiséis puntos porcentuales más que el segundo más votado, el candidato de Unidad Nacional, Manuel Rosales.
2 de diciembre de 2007: ya con el PSUV constituido, Chávez sufre su primera y última derrota electoral. Dos preguntas para reformar la Constitución que él mismo impulsó se saldan con sendos noes por la mínima diferencia de 50,65%-49,34% y 51,01%-48,99% respectivamente.
23 de noviembre de 2008: Venezuela elige sus 22 gobernadores, de los que 18 fueron candidatos chavistas. También 263 candidatos del socialismo del siglo XXI obtuvieron alcaldía entre las 326 en disputa.
15 de febrero de 2009: con una participación histórica en consultas de este carácter, el 54,86% de los votantes aprobaron una nueva reforma constitucional en Venezuela.
26 de septiembre de 2010: nueva cita con las urnas en Venezuela para conformar su Asamblea Nacional. Con un margen porcentual más apretado, 98 parlamentarios fueron del PSUV, mientras que 65 fueron de la Mesa de la Unidad Democrática.
7 de octubre de 2012: esta sería la última vez que Hugo Chávez sería candidato a una elección presidencial antes de morir. Un 55,08% de los votos le dieron la renovación de su cargo para una legislatura que no pudo cumplir. Henrique Capriles, el candidato opositor, obtuvo un 44,30%.
16 de diciembre de 2012: con Chávez luchando contra su enfermedad, sus candidatos afines logran 20 de las 23 gobernaciones y mayoría parlamentaria en 22 de los 23 consejos legislativos estatales.
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