lunes, 27 de febrero de 2012

Informe sobre la Reforma Laboral 2012


Informe del sindicato LAB ante el Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. El informe refleja como afecta esta reforma jurídicamente a las y los trabajadores.

ÍNDICE
0. INTRODUCCIÓN 1. MÁS FACILIDADES PARA DESPEDIR MÁS BARATO
1.1. Abaratamiento de la indemnización por despido improcedente 1.2. EREs sin intervención de la autoridad laboral 1.3. EREs en la Administración pública 1.4. Despido objetivo por absentismo  
2. CONTRATACIÓN MÁS PRECARIA
2.1. Nuevo contrato precario para las empresas de hasta 50 personas en plantilla: “contrato de trabajo indefinido de apoyo a emprendedores” 2.2. Contrato precario para la formación 2.3. Mayor protagonismo a las ETTs y privatización de los servicios públicos de empleo 2.4. Encadenamiento de contratos temporales sin limitaciones 2.5 Contrato a tiempo parcial con horas extraordinarias  
3. FLEXIBILIDAD = UNILATERALIDAD EMPRESARIAL
3.1. Movilidad funcional 3.2. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo individuales o colectivas 3.4. La distribución irregular de la jornada de trabajo como principio general y 5% salvo pacto en contrario 3.5. Suspensión del contrato y reducción temporal de la jornada laboral  
4. DEBILITAMIENTO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 5. EL COLECTIVO DE PERSONAS DESEMPLEADAS BAJO SOSPECHA 0. INTRODUCCIÓN La reforma laboral aprobada por real decreto ley sobre “medidas urgentes para la reforma del mercado laboral” publicada en el BOE de 11 de febrero de 2012, y con efectos inmediatos desde el día siguiente, no por anunciada y esperada puede dejar de calificarse como una agresión a la clase trabajadora de la que se derivan graves consecuencias. Además, se establecen mecanismos suficientes para que sus efectos no se limiten a las nuevas contrataciones si no que afectarán con carácter general a la totalidad de trabajadores y trabajadoras.  Aunque el real decreto ley ya está en vigor, ahora pasará a tramitación parlamentaria, donde pueden introducirse cambios, aunque no parece que en sentido favorable teniendo en cuenta la mayoría absoluta del gobierno del PP en Madrid. Esta reforma laboral supone llevar hasta sus últimas consecuencias las bases que han venido imponiéndose por las sucesivas reformas anteriores, y parte, como en las anteriores, de una afirmación que no por mucho repetirla se convierte en real: que el problema del mercado laboral es su rigidez y que, por lo tanto, es necesaria la flexibilidad para que las empresas puedan adecuarse a la nueva situación de crisis. Como bien sabemos, las sucesivas reformas laborales han venido estableciendo importantes mecanismos legales a disposición de las empresas, que han facilitado los despidos sin causa y con indemnizaciones cada vez menores, el fraude en la contratación temporal, la facultad empresarial para el descuelgue salarial y la modificación sustancial de las condiciones de trabajo... Los datos sobre el desempleo y la precariedad laboral actual en el mercado de trabajo lo avalan. La reforma supone una huida hacia adelante con medidas que, una y otra vez, ya han demostrado su ineficacia para hacer frente a la destrucción de empleo y la precariedad laboral. Esta vez, los mismos creadores de la reforma han reconocido que la misma no va a servir para crear empleo ni para solucionar los problemas existentes en el mercado laboral. Por lo tanto, ¿por qué se hace entonces esta reforma? y, sobre todo, ¿para qué sirve esta reforma? Sea cual sea la medida que se analice todas llegan a la misma conclusión: aumento del poder empresarial para despedir, para rebajar salarios y para no cumplir los convenios colectivos.  La crisis no es la causa de la reforma sino la coartada para avanzar en las posiciones de la patronal, que ve satisfechas sus demandas mediante la imposición de una reforma laboral a su medida que no tiene carácter coyuntural ni transitoria; se trata de una reforma estructural que llega para quedarse. La decisión de que las consecuencias de la crisis las tenemos que pagar la clase trabajadora ha puesto a la negociación colectiva en el punto de mira de las reformas; primeramente en junio de 2011 la reforma del gobierno del PSOE que ahora se ve rematada por el gobierno del PP. Sus objetivos, en esta como en la anterior reforma, son claros: desactivar la capacidad de la negociación colectiva y, por lo tanto, de la lucha sindical para conseguir convenios colectivos sectoriales en nuestro ámbito como instrumentos clave para regular y mejorar las condiciones laborales en los centros de trabajo.  Hace tiempo que la patronal ha conseguido que los gobiernos pongan la legislación laboral a disposición de su único interés y conveniencia. Ahora se trata de que los convenios colectivos sirvan también a ese fin o, por lo menos, no lo obstaculicen. Para ello las nuevas medidas acordadas, como se explicarán mas adelante, inciden en elementos clave de la negociación colectiva: ámbitos de negociación, situar con carácter principal la negociación colectiva en el ámbito estatal y en el ámbito de la empresa y, por otro lado, facilitar la inaplicación de los convenios colectivos. Las patronales vascas CONFEBASK y CEN, que no han dudado en aplaudir esta reforma y el sistema de relaciones laborales de “ordeno y mando” que instaura, saben que no hay recuperación económica posible destruyendo la demanda interna mediante la reducción de los salarios y las prestaciones sociales, mediante el empobrecimiento de las y los trabajadores y de la sociedad vasca en definitiva. Hacer seguidismo de las medidas que se imponen desde Madrid nos llevan a la misma situación que hoy tiene el Estado español.  Las imposiciones de Madrid condenan a las y los trabajadores vascos no solo a malvivir de nuestro trabajo y al desempleo sino, también, a la falta de instrumentos legales e institucionales necesarios para poder tomar nuestras propias decisiones. Nos atan de pies y manos. La falta de reconocimiento de un Marco Vasco de Relaciones Laborales y de Protección Social que sitúe en Euskal Herria la capacidad de decisión en materia laboral nos deja sin protección ante las imposiciones que suponen las sucesivas reformas del Estado, negando la realidad socio laboral sindical y económica vasca.  Por ello en LAB consideramos necesario articular una movilización social, sindical y política para que Euskal Herria pueda salir del atolladero en que nos están metiendo y podamos decidir nuestro futuro, el reparto de la riqueza que generamos y las políticas públicas realizar. La reivindicación de las y los trabajadores vascos a favor del Marco Vasco de Relaciones Laborales adquiere una mayor significación y necesidad en el actual contexto de crisis. Seguidamente se relacionan las medidas principales contenidas en la reforma, con independencia de la necesidad de abordar más adelante un estudio más profundo.
1. MÁS FACILIDADES PARA DESPEDIR MÁS BARATO El régimen del despido no ha sido afectado solo por el abaratamiento de la indemnización sino que además se han agilizado los procedimientos y las causas justificativas.  
1.1. Abaratamiento de la indemnización por despido improcedente. Con carácter general se establece la rebaja de la indemnización del despido improcedente de los 45 días por año trabajado con el tope de 42 mensualidades, a 33 días por año trabajado con el tope de 24 mensualidades. Además, se generaliza esta indemnización para la totalidad de trabajadores y trabajadoras; esto es, también a quien hoy ya se encuentra en el mercado laboral. A este respecto, se defiende el respeto a los derechos adquiridos de estas personas mediante un cálculo de su indemnización a 45 días de salario por año trabajado hasta la fecha de efectos de la reforma (12/02/2012) y, a partir de esa fecha, a 33 días de salario. Lo cierto es que no se respetan los derechos adquiridos en cuanto que el cálculo de la indemnización queda topado en 720 días, salvo que la indemnización hasta la reforma supere esta cuantía que será su máximo de indemnización. Pero no solo se ha rebajado la indemnización, sino que además se suprime el abono de los salarios de tramitación, es decir; los salarios por el tiempo transcurrido desde la decisión empresarial de despedir y la sentencia que reconozca su improcedencia, para los supuestos en que la empresa opte por la no readmisión. Se establece así un incentivo más para que la empresa no opte por la readmisión. Como se confiesa en el propio preámbulo del decreto ley se trata de acabar con el denominado “despido express”, por el que la empresa se veía “obligada” a reconocer la improcedencia del despido y su indemnización ante el riesgo de tener que pagar también los salarios de tramitación como consecuencia de una resolución judicial. Lo que se oculta es que, este despido, ha sido utilizado por las empresas con beneficios o que por mera conveniencia ha optado por el despido sin causa legal, asumiendo el pago de la indemnización correspondiente, lo que deja en evidencia la afirmación de lo oneroso del costo del despido.  Como se explica seguidamente, de lo que se trata ahora es de sustituir el “despido exprés” por el “ERE exprés” para fijar con carácter general la indemnización 20 días de salario por año trabajado con el tope de un año de salario. Como dijo el máximo responsable de la CEOE, el despido improcedente tiene que ser algo “residual”.
1.2. EREs sin intervención de la autoridad laboral. Las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción que pueden justificar los despidos han estado sometidas por las sucesivas reformas laborales a una continua reformulación haciendo cada vez menos exigentes sus causas. La regulación de la legislación laboral sobre los EREs viene, desde hace años, haciendo un recorrido que ha tenido como consecuencia una implacable transformación pasando de ser un instrumento excepcional para hacer frente a situaciones de dificultades económicas y viabilidad, a un instrumento de aplicación ordinaria en atención a la mera conveniencia empresarial. Esto explica, en gran parte, la proliferación de EREs en los últimos años. La reforma actual, incidiendo en este camino, vuelve a reformular las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción que pueden justificar los despidos. Se añade ahora que será causa suficiente para proceder al despido por causas económicas “la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos”. Así, además de permitir el despido en empresas con beneficios, la información de los datos sobre el nivel de ingresos o ventas no solo no se conoce en los centros de trabajo, sino que además, los facilitados por la empresa, pueden no tener nada que ver con la situación alegada. También se elimina la mención legal que se hacia a la necesidad de justificar que la situación económica “pueda afectar a su viabilidad o a su capacidad de mantener volumen de empleo”. Se legaliza de forma definitiva la mera conveniencia empresarial como causa justa de despido. Se elimina la intervención de la Autoridad Laboral en la resolución de los EREs. Ahora, tras el periodo de consultas con la representación sindical, la decisión queda a discreción de la empresa. La reforma limita la intervención de la autoridad laboral a velar “por la efectividad del periodo de consultas pudiendo remitir en su caso, advertencias y recomendaciones a las partes que, en ningún caso, no supondrán la paralización ni la suspensión del procedimiento”.  La reforma protege así los intereses de la patronal que se ha visto “obligada” a negociar indemnizaciones más altas para llegar a un acuerdo con la representación sindical para presentar a la autoridad laboral. Si bien existen razones más que suficientes para mantener una posición crítica por el escaso papel jugado en los EREs por la autoridad laboral en cuanto a la defensa del empleo (consejerías de empleo de los gobiernos de Iruñea y Gasteiz), su retirada del control y decisión de los expedientes de despidos supone hacer una dejación inaceptable de sus responsabilidades políticas en el desarrollo de sus políticas de empleo y dejar la vía libre a la patronal para la destrucción de empleo.
1.3. EREs en la Administración pública. Se abre la posibilidad de que los organismos y entidades que forman parte del sector público invoquen causas económicas, técnicas, organizativas y de producción para despedir a las y los trabajadores con vínculo laboral con la administración pública. Se establece así que, “se entenderá que concurren causas económicas cuando se produzca en las mimas una situación de insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente para la financiación de los servicios públicos correspondientes. En todo caso, se entenderá que la insuficiencia presupuestaria es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos. Se entenderá que concurren causas técnicas, cuando se produzcan cambios, entre otros en el ámbito de los medios o instrumentos de la prestación del servicio público de que se trate y causas organizativas, cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal adscrito al servicio público”. Esta novedad de despidos en la administración está unida a la decisión de recorte de los servicios públicos (sanidad, educación, y servicios sociales) y a las políticas de privatización.
1.4. Despido objetivo por absentismo.  El absentismo ya existía como causa de despido pero ahora se facilita al desligarlo del índice de absentismo de la plantilla. Ahora las ausencias justificadas al trabajo serán, por sí solas, causa suficiente para el despido cuando las mismas supongan el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos (aproximadamente 8 días) o el 25% en cuatro meses discontinuos (aproximadamente 20 días). Como se ha dicho, desaparece la exigencia adicional para que opere el despido de que el índice de absentismo de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5% en el mismo periodo de tiempo. Se computan a estos efectos las bajas por enfermedad o accidente no laboral cuando la baja aún siendo acordada por los servicios sanitarios oficiales, tenga una duración inferior a 20 días consecutivos. La indemnización es de 20 días por año trabajado con el tope de 12 mensualidades.  
2. CONTRATACIÓN MÁS PRECARIA Como veremos, el catálogo de contratación no solo no ha sido simplificado (como inicialmente se planteaba), sino que se ha introducido un nuevo tipo de contrato y se han empeorado las condiciones de otros ya existentes como el contrato de formación y el contrato a tiempo parcial. 
2.1. Nuevo contrato precario para las empresas de hasta 50 personas en plantilla: “contrato de trabajo indefinido de apoyo a los emprendedores”. El carácter de “emprendedor” se otorga a toda empresa que cuente con una plantilla de menos de 50 trabajadores y trabajadoras. Con esta definición, se crea un contrato de carácter indefinido y a jornada completa que podrá ser suscrito por las empresas con personal asalariado y plantilla inferior a 50, lo que supone en torno al 98 % de las existentes en Hego Euskal Herria. Este contrato que cuenta con deducciones fiscales para la empresa y bonificaciones a la seguridad social, tiene como característica principal la existencia de un periodo de prueba de un año como forma de camuflar que el despido, en el primer año, no exige alegar causa alguna ni abono de indemnización, lo que pone en cuestión su carácter indefinido. La trabajadora o el trabajador así contratado “podrá voluntariamente compatibilizar cada mes, junto con el salario, el 25% de la cuantía de la prestación que tuviera reconocida y pendiente de percibir en el momento de la contratación”. Esta previsión supone alterar la naturaleza de la prestación de desempleo que pasa ahora, además de tener la finalidad sustitutiva ante la falta de rentas salariales por encontrarse en situación de desempleo, a añadirse la finalidad de subvencionar y complementar bajos salarios.
2.2. Contrato precario para la formación. El contrato para la formación queda ahora con las siguientes características:  
- Amplía la edad de las personas destinatarias hasta los 30 años (antes hasta los 25 años) mientras el desempleo en el Estado español se mantenga por encima del 15%. - Duración mínima de un año y máxima tres años (antes 2 prorrogable por convenio hasta 3). - Expirada la duración máxima del contrato, la empresa tiene la facultad de volver a hacer un nuevo contrato de formación con la misma persona si es para “otra actividad u ocupación”. Antes de esta reforma, agotado el periodo máximo, no se podía volver a contratar a la misma persona bajo esta modalidad ni en la misma ni en otra empresa. Esto supone alargar la duración de este contrato primando más su finalidad interesada como mano de obra barata frente a su finalidad formativa y de obtención de una cualificación profesional como forma de acceder al empleo ordinario. - El tiempo de trabajo efectivo, que habrá de ser compatible con el tiempo dedicado a las tareas formativas, no podrá ser superior al 75% durante el primer año o al 85% durante el segundo y tercer año (disminuye el tiempo de la formación que antes era durante su duración siempre como mínimo un 25%). - A falta de previsión en el convenio colectivo, se fija como salario el S.M.I. descontado el tiempo dedicado a la formación lo que supone, para el 2012, un salario de 481 euros/mes durante el primer año, y de 513 euros el segundo y tercer año. Y vuelta a empezar en “otra actividad”.  
2.3 Mayor protagonismo a las ETTs y privatización de los servicios públicos de empleo. Las ETTs, con la reforma, además de seguir dedicándose a la contratación de trabajadores y trabajadoras para cederlos temporalmente a otras empresas, podrán operar en adelante como agencias de colocación. Para ello, en principio bastará con que presenten “una declaración responsable mediante la cual se manifieste que cumple con los requisitos establecidos en la Ley 56/2003 de empleo y su normativa de desarrollo”. Junto a ellas, podrán constituirse otras agencias de colocación con o sin ánimo de lucro que actuarán por libre o mediante convenios de colaboración con los servicios públicos de empleo (Lanbide y Servicio Público de Empleo navarro) lo que supone privatizar la intermediación en el mercado laboral.
2.4. Encadenamiento de contratos temporales sin limitaciones. La existencia de unas tasas de temporalidad tan altas en el mercado laboral (en torno al 23% de la población ocupada en Euskal Herria) tiene como causa principal la falta de control en el fraude y el abuso en su utilización, lo que origina encadenamientos sucesivos de contratos temporales que impiden conseguir la estabilidad en el empleo. La reforma laboral de 2010 introdujo una cláusula reguladora con el objetivo de limitar estos usos, pero en agosto de 2011, fue suspendida en su aplicación. La reforma actual recupera la cláusula pero, de momento, aplaza su aplicación hasta el 1/01/2013. No forma parte de las prioridades.
2.5. Contrato a tiempo parcial con horas extraordinarias. El contrato a tiempo parcial incorpora la posibilidad de realizar horas extraordinarias que, hasta ahora, estaban prohibidas. Este contrato, de escasos ingresos y también con escasa protección social, se ha dirigido con carácter principal al colectivo de mujeres como una gran fórmula para que compatibilicen las responsabilidades familiares y el trabajo fuera del hogar. En la base está una concepción sexista del trabajo (remunerado y no remunerado) donde el salario de las mujeres se considera como el complemento al salario principal del cabeza de familia.
3. FLEXIBILIDAD = UNILATERALIDAD EMPRESARIAL El discurso recurrente actual de la patronal, y que también utiliza la reforma, es apelar a las necesidades de flexibilidad de las condiciones laborales como forma de adaptarse a las nuevas situaciones. La flexibilidad como valor positivo por oposición a lo rígido y lo inamovible. La realidad demuestra que la flexibilidad reclamada consiste en atribuir a la patronal la unilateralidad en la decisión de los elementos claves de la relación laboral: salarios, jornada y derechos laborales en general. Todo lo que se oponga a esta unilateralidad se convierte en un obstáculo a combatir, como lo demuestra el interés por desactivar la negociación colectiva. Este aspecto supone el cambio más radical y el objetivo clave de la reforma. Las medidas que se relacionan seguidamente son un buen ejemplo de lo dicho. 
3.1. Movilidad funcional. Se establece que la negociación colectiva o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y la representación sindical, se establezca el sistema de clasificación profesional por medio de grupos profesionales que, en consecuencia, sustituirá el sistema habitual de categorías profesionales. Lo que se persigue es la polivalencia funcional integrando en cada grupo profesional los trabajos correspondientes a varias categorías profesionales, dando a la empresa amplias facultades para disponer de la movilidad funcional, sin más justificación que la pertenencia al grupo profesional. La reforma para los convenios colectivos en vigor establece el plazo de un año para adecuarse a este sistema de clasificación profesional.
3.2. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo individuales o colectivas. Se establece que, a partir de ahora, “la dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa”.  Tienen la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo las que afecten a las siguientes materias: jornada de trabajo, horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial (esta es la novedad de la reforma), sistema de trabajo y rendimiento y funciones, cuando excedan de los límites fijados para la movilidad funcional. Es decir, a la práctica totalidad de las que tienen que ver con las condiciones de trabajo. Estas modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo podrán afectar a las condiciones reconocidas en el contrato de trabajo, en acuerdos o pactos colectivos o por decisión unilateral de la empresa de efectos colectivos. La reducción salarial que puede imponerse por esta vía, al igual que el resto de condiciones, tiene como límite lo que establezca el convenio colectivo estatutario, salvo lo que se expone más adelante para el caso de inaplicación del convenio. 
3.3. La distribución irregular de la jornada de trabajo como principio general y 5% salvo pacto en contrario. La redacción legal establece que mediante convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y la representación sindical, se podrá establecer la distribución de la jornada de trabajo de manera irregular a lo largo del año. Se mantiene la previsión incluida por la reforma anterior por la que, en defecto de pacto en contrario, la empresa podrá distribuir irregularmente hasta un 5% de la jornada anual (aproximadamente 90 h/año). 3.4. Suspensión del contrato y reducción temporal de la jornada laboral. La empresa por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, podrá decidir la suspensión del contrato y la reducción temporal de la jornada laboral entre un 10% y un 70% para lo que, además, se ha eliminado la autorización administrativa previa. La empresa además contará con bonificaciones para llevar a cabo estas medidas con la exigencia mínima de que las personas afectadas mantengan su empleo al menos un año con posterioridad a la suspensión o reducción de jornada.
4. DEBILITAMIENTO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Toma como punto de partida la reforma del PSOE de junio de 2011 e incide en las mismas claves:
- Los convenios provinciales sectoriales se mantienen en la misma situación de desprotección ante la prioridad aplicativa y prevalencia del ámbito estatal. 
- Se refuerza la prioridad aplicativa del convenio de empresa frente al sectorial en importantes materias. Por lo tanto, en la empresa, se podrán regular condiciones diferentes (también peores) que las establecidas en el convenio sectorial. Ahora, la reforma limita a los acuerdos interprofesionales y acuerdos sectoriales la capacidad de neutralizar la prioridad aplicativa de las materias enviadas al ámbito de la empresa, al declarar el carácter indisponible de las mismas. Aún así, estos acuerdos siguen siendo los únicos instrumentos válidos que desde el ámbito de la negociación colectiva permiten blindar nuestro ámbito propio de negociación colectiva provincial sectorial.
- Se facilita la inaplicación del convenio aplicable, sea este de sector o de empresa, en materias clave como son: la jornada, el horario y distribución del tiempo de trabajo, el régimen de trabajo a turnos, el sistema de remuneración y cuantía salarial, el sistema de trabajo y rendimiento, la movilidad funcional y las mejoras voluntarias de la acción protectora de la seguridad social. Si bien se exige que la empresa que alegue causas económicas, técnicas, organizativas y de producción para materializar la inaplicación del convenio en las materias mencionadas debe llegar a un acuerdo con la representación sindical de la empresa, se pretende desactivar la posición sindical mediante la imposición de un arbitraje obligatorio. –
 Se pierde la ultractividad de los convenios colectivos una vez transcurridos 2 años desde la pérdida de su vigencia si no se pacta expresamente en convenio su mantenimiento. 
La ultractividad es la garantía legal por la que un convenio, una vez perdida su vigencia, mantiene su aplicación hasta su sustitución por el nuevo convenio, evitando así vacíos de regulación. Para los convenios colectivos vencidos con anterioridad a la reforma el plazo de los dos años empezará a computarse desde su entrada en vigor (12/02/2012). Perdida la ultractividad se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación. Esto puede suponer en nuestro modelo de negociación colectiva basado, principalmente, en los convenios provinciales, la entrada de convenios estatales. En su defecto, las condiciones laborales pasarán a ser reguladas por las previsiones legales mínimas (ET) hasta que no sean sustituidas por un nuevo convenio.  
5. EL COLECTIVO DE PERSONAS DESEMPLEADAS BAJO SOSPECHA La reforma viene acompañada de los mismos presupuestos ideológicos con los que han actuado los gobiernos de Gasteiz e Iruñea para recortar y limitar el acceso a las prestaciones de la renta básica y, que sirven también a la reforma, para situar al colectivo de personas desempleadas que cobran prestación en situación de sospecha de fraude. Se prioriza y promociona mediante incentivos fiscales y bonificaciones a la Seguridad Social la contratación de las personas que se encuentran cobrando prestación de desempleo frente al colectivo de personas desempleadas que no percibe prestación alguna. En la misma dirección de presunción del fraude, las bajas médicas, además de estar sometidas a la amenaza del despido objetivo por absentismo, con la reforma se establece que en el plazo de 6 meses se dotará a las Mutuas de nuevas capacidades “para una gestión más eficaz de la Incapacidad Temporal”.

jueves, 23 de febrero de 2012

JORNADA DE LUCHA INTERNACIONAL


CONVOCA FSM-Federación Sindical Mundial


Perdamos el miedo:


Digamos no a la reforma laboral



DÍA 23 DE FEBRERO DE 2012 a las 18:00 h.


Concentración

en la Plaza de La Candelaria

Santa Cruz de Tenerife


CONVOCANTES:


Intersindical Canaria, IC / Frente Sindical Obrero de Canarias, FSOC / Sindicato de Comisiones de Base de Canarias, CO.BAS / Convergencia Sindical Canaria, CSC / Sindicato de Trabajadores/as de la Enseñanza Asamblearios Canarias, EA Canarias/ Colectivo Independiente de Guaguas / Sindicato Trabajadores de la Once de Canarias, SITOCAN / Sindicato Obrero de los Puertos Canarios, SOPC / Confederación General del Trabajo, CGT.


¡DEFENDAMOS LO PÚBLICO!

¡DEFENDAMOS NUESTROS DERECHOS!
BASTA DE AGRESIONES CONTRA LA CLASE TRABAJADORA

miércoles, 22 de febrero de 2012

JORNADA DE LUCHA INTERNACIONAL

JORNADA DE LUCHA INTERNACIONAL

CONVOCA FSM-Federación Sindical Mundial

Perdamos el miedo: Digamos no a la reforma laboral
...
DÍA 23 DE FEBRERO DE 2012 a las 18:00 h.

Concentración en la Plaza de La Candelaria Santa Cruz de Tenerife

CONVOCANTES:

Intersindical Canaria, IC / Frente Sindical Obrero de Canarias, FSOC / Sindicato de Comisiones de Base de Canarias, CO.BAS / Convergencia Sindical Canaria, CSC / Sindicato de Trabajadores/as de la Enseñanza Asamblearios Canarias, EA Canarias/ Colectivo Independiente de Guaguas / Sindicato Trabajadores de la Once de Canarias, SITOCAN / Sindicato Obrero de los Puertos Canarios, SOPC / Confederación General del Trabajo, CGT.



¡DEFENDAMOS LO PÚBLICO!

¡DEFENDAMOS NUESTROS DERECHOS!
BASTA DE AGRESIONES CONTRA LA CLASE TRABAJADORA

martes, 21 de febrero de 2012

El Frente Nacional Progresista (FNP) de Siria

Fer Casares
febrero 20, 2012

El Frente Nacional Progresista (FNP) sirio es una coalición formada en 1972 para impulsar la línea antiimperialista, panárabe, socialista, antisionista e independiente del país. La forman 8 partidos políticos que reconocen el liderazgo político del Partido Baas árabe socialista. Además del mismo Baas están dos Partidos Comunistas, la Unión Socialista árabe que es un partido nasserista, el Movimiento Socialista árabe que es la rama del partido campesino del mismo nombre que apoya al Baas estando otra rama en la oposición moderada, Partido Social nacionalista sirio, Partido de la Union Socialista y Unionistas socialdemócratas.

... El Frente asume su responsabilidad en la organización de la resistencia antiimperialista frente a la brutal acometida que sufre el país bajo dirección de la CIA y el Pentágono y con la activa participación de los feudales árabes, el gobierno turco y la entidad sionista de Israel. El pasado 16 de febrero la dirección del Frente se ha reunido para debatir sobre los planes de lucha en marcha. Han intervenido los principales dirigentes del país, el vicepresidente del mismo Frente compañero Suleimán Qaddah, el vicepresidente de la República Faruk al-Chaara y el presidente del Consejo de Ministros Adel Safar. El Frente ha llamado a todo el Pueblo ha participar masivamente en el referendo constitucional del próximo 26 de febrero.

Los progresista del Mundo debe prestar apoyo militante a la lucha que encabeza el Baas y el Frente Nacional Progresista por salvar a Siria como bastión y corazón del panarabismo y de la lucha árabe y mundial contra el imperialismo.

sábado, 18 de febrero de 2012

LA CRISIS ALIMENTARIA, GENERADA POR LA ESPECULACIÓN CAPITALISTA, AMENAZA CON LA DESNUTRICIÓN A 450 MILLONES DE NIÑOS EN LOS PRÓXIMOS 15 AÑOS

LA CRISIS ALIMENTARIA, GENERADA POR LA ESPECULACIÓN CAPITALISTA, AMENAZA CON LA DESNUTRICIÓN A 450 MILLONES DE NIÑOS EN LOS PRÓXIMOS 15 AÑOS

Documento enviado por Francisco Javier Gonzalez 

 Derechos Humanos

Miércoles, 15 de Febrero de 2012 15:27

La crisis alimentaria amenazará la vida y el desarrollo de 450 millones de niños en todo el mundo durante los próximos 15 años, según expone el informe de Save the Children "Una vida sin hambre: cómo combatir la desnutrición infantil", difundido hoy.

     La organización de defensa de la infancia recuerda que cada hora 300 menores pierden la vida por desnutrición, que es causa subyacente de más de un tercio de las muertes infantiles en todo el mundo: 2,6 millones al año, de un total de 7,6 millones.

     Denuncia que los avances en la reducción de la desnutrición han sido muy lentos en los últimos 20 años y que la combinación del cambio climático, la inestabilidad del precio de los alimentos, la inseguridad económica y los cambios demográficos los están ralentizando aún más.

     Además, plantea que el hecho de que la desnutrición no se registre en los certificados de defunción contribuye a que no se combata de forma eficaz.

     Save the Children explica que para los niños que sobreviven la desnutrición a largo plazo provoca daños devastadores e irreversibles.

     La falta de alimentos nutritivos, sumado a las infecciones y enfermedades, provocan que sus cerebros no se desarrollen adecuadamente.

     "Al menos 170 millones de niños y niñas en todo el mundo padecen un retraso en su crecimiento a causa de la desnutrición. Esto implica no sólo que su estatura sea menor que la media, sino también que pierdan cursos escolares y que rindan menos académicamente", indica.

     Según la responsable de programas internacionales de Save the Children, Lucía Losoviz, "este año es clave para lograr que todos los niños reciban la nutrición que necesitan y poner fin a la crisis de desnutrición a nivel global".

     Los suplementos nutricionales y el impulso de hábitos saludables, como el lavado de manos o la lactancia materna, podrían prevenir la muerte de casi dos millones de menores de cinco años y muchas enfermedades si llegase a la población infantil de los 36 países donde vive el 90 ciento de los niños con desnutrición, advierte la organización.

     El informe incluye algunos testimonios para poner rostro a estas situaciones, como el de Maritu, una niña etíope de nueve años, que aparenta menos edad de la que tiene.

     "Hoy he comido un pequeño trozo de injera -pan sin levadura que se sirve con una salsa básica- para desayunar. Lo hemos compartido entre cuatro personas. No comemos nada más. Una vez al año, en ocasiones especiales, es posible que coma huevos o carne. No hay suficientes alimentos, pero mis padres me dan lo que hay disponible. A veces me da hambre en la escuela", dice la niña, cuyo crecimiento se ha visto afectado por una dieta pobre en nutrientes

LA NOTICIA EN LA WEB DE SAVE THE CHILDREN:

     Cada hora, 300 niños y niñas pierden la vida por desnutrición, que es causa subyacente de más de un tercio de las muertes infantiles en todo el mundo - 2,6 millones al año de un total de 7,6 millones-. Los avances en la reducción de la desnutrición han sido muy lentos durante los últimos 20 años y la combinación de varias tendencias globales – cambio climático, inestabilidad del precio de los alimentos, inseguridad económica y cambios demográficos- los están ralentizando aún más. Además, el hecho de que la desnutrición no se registre en los certificados de defunción supone que no se combata de forma eficaz.

     Para los niños y niñas que sobreviven, la desnutrición a largo plazo provoca daños devastadores e irreversibles. La falta de alimentos nutritivos, sumado a las infecciones y enfermedades, provocan que sus cerebros no se desarrollen adecuadamente. Al menos 170 millones de niños y niñas en todo el mundo padecen un retraso en su crecimiento a causa de la desnutrición. Esto implica, no sólo que su estatura sea menor que la media, sino también que pierdan cursos escolares y que rindan menos académicamente. 

     La deficiencia de yodo, por ejemplo, afecta a un tercio de escolares en los países en desarrollo y está relacionada con una pérdida de entre 10 y 15 puntos de coeficiente intelectual. Además, la desnutrición infantil repercute en sus vidas como adultos. Se calcula que los niños y niñas con retraso en su crecimiento ganan un 20% menos cuando entran en el mercado laboral. Si la tendencia actual continúa, 450 millones de niños y niñas se verán afectados por retrasos en su desarrollo físico y mental durante los próximos 15 años. 

AÑO CLAVE PARA LOGRAR CAMBIOS 

     “Estamos en un año clave para lograr que todos los niños y niñas reciban la nutrición que necesitan y poner fin a la crisis de desnutrición a nivel global. Si esperamos al año que viene ya será tarde si queremos cumplir con el cuarto Objetivo de desarrollo del milenio de reducir en dos tercios la mortalidad en niños menores de cinco años para 2015”, explica Lucía Losoviz, Responsable de programas internacionales de Save the Children. 

     Existen soluciones sencillas y directas, respaldadas por expertos en nutrición, para reducir la desnutrición infantil. Los suplementos nutricionales, junto con el impulso de hábitos saludables como el lavado de manos o la lactancia materna, podría prevenir la muerte de casi dos millones de niños y niñas menores de cinco años y un considerable número de enfermedades, si llegase a la población infantil de los 36 países donde vive el 90% de los niños y niñas con desnutrición.

     “Hoy he comido un pequeño trozo de injera – pan sin levadura que se sirve con una salsa básica- para desayunar. Lo hemos compartido entre cuatro personas. No comemos nada más. Una vez al año, en ocasiones especiales, es posible que coma huevos o carne. No hay suficientes alimentos, pero mi padre y mi madre me dan lo que haya disponible. A veces me da hambre en la escuela”, explica Maritu, una niña etíope de nueve años, que aparenta menos edad de la que tiene. Su crecimiento se ha visto afectado por una dieta ponbre en nutrientes.

La pobreza y el sistema mundial de producción, causas subyacentes de la desnutrición 

La pobreza es una de las principales causas subyacentes de la desnutrición. Un importante número familias de Bangladesh, Etiopía o Kenia no podía alimentar a sus hijos aunque gastaran todos sus ingresos en alimentos. En estos casos, entregar dinero o vales a las familias, por medio de programas de protección, constituye la mejor solución.

El sistema global a través del que se producen, distribuyen y gestionan los alimentos no satisface las necesidades actuales de gran parte de la población mundial. Más alimentos no se traducen automáticamente en una mejor nutrición. Invertir en pequeños agricultores y mujeres agricultoras es clave: tres cuartas partes de los niños africanos con desnutrición vive en granjas y el 43% del trabajo agrícola lo realizan mujeres. Se debe garantizar la accesibilidad de los mercados locales, mejorar la formación y aumentar la inversión. 

Necesario compromiso político 

Detrás de estas medidas debe colocarse el compromiso político. Save the Children pide a los líderes mundiales – de los países en desarrollo, de las instituciones internacionales y de los países ricos- que tomen medidas simples para combatir la desnutrición:

• Hacer visible la crisis, estableciendo metas nacionales y globales.
• Incrementar la inversión en intervenciones directas.
• Invertir en políticas efectivas de protección social que beneficien a las familias y apoyen a los pequeños agricultores, con el fin de mejorar la nutrición de la población.
• Aprovechar las reuniones del G8/G20 para sensibilizar a los líderes políticos sobre la crisis y construir un plan de acciones concretas para atajarla. 

miércoles, 15 de febrero de 2012


Jueves 23 de febrero

DÍA INTERNACIONAL DE ACCIÓN Y LUCHA

GRAN CANARIA: Manifestación desde la Plaza de la Feria - Presidencia del Gobierno 19:00 horas

TENERIFE: Concentración en la Plaza de la Candelaria 18:00 horas


Convocan

 Intersindical Canaria (IC)

Enseñantes Asamblearios de Canarias (EA)

 Sindicato de Comisiones de Base de Canarias (CO.BAS)

 Frente Sindical Obrero Canario (FSOC)

Convergencia Sindical Canaria (CSC)

 Colectivo Independiente de Guaguas

 Sindicato de Trabajadores de la ONCE de Canarias (SITOCAN)

 Sindicato Obrero de los Puertos Canarios (SOPC)



En camino, hacia la Huelga General en Canarias

Juan Manuel Sánchez Gordillo: “No se puede estar indignao, ni ser rebelde, ni llamarse ecologista, ni llamarse nada sin plantear el cambio del sistema”


Antonio Piera.

Periodista.
Con las elecciones autonómicas andaluzas en el horizonte próximo, el diputado autonómico andaluz y alcalde de Marinaleda (http://www.marinaleda.com/) está en el ojo del huracán. Todavía hoy, a estas alturas del partido, no se sabe si Gordillo irá de número uno a las andaluzas por Sevilla o tendrá que recoger los bártulos y marcharse con su CUT-BAI (Colectivo de Unidad de los Trabajadores-Bloque Andaluz de Izquierdas) bajo el brazo hacia otros lares, abandonando la Izquierda Unida de sus entretelas. Con su habitual desparpajo, este enemigo público de las componendas me lo comentaba un día, no hace mucho, a las puertas de las oficinas de la coalición en Sevilla:
gordillo“Los grandes medios de comunicación no son hoy el cuarto poder, sino el instrumento de propaganda de las clases dominantes”. ©P. del Real
¿A qué vienes aquí, Juan Manuel?
Porque hay una reunión de la comisión de candidaturas, y como sé que pueden estar queriéndome cortar el cuello, entonces vengo por lo menos a estar presente en mi sacrificio.
Para que, por lo menos, te vean la cara mientras te descabezan.
Eso es.
Pero, ¿quién te quiere cortar el cuello?
Yo soy claramente contrario a cualquier acuerdo con el PSOE, lo he dicho públicamente, y puede haber gente que esté tentada por llegar a algún tipo de acuerdo con el PSOE… Creo que el PSOE y el PP son dos caras del capitalismo y que ni con uno ni con otro hay que llegar a acuerdos de ninguna de las maneras.
Más alto, quizás, pero más claro es difícil decirlo. Juan Manuel Sánchez Gordillo es de esa gente que mira recto a los ojos y saluda apretando la mano con fuerza, como si estuviera agarrándose a una cuerda en un naufragio. Le conocí en su pueblo, Marinaleda, con motivo de una reunión estatal del 15M. Uno de los organizadores, recuerdo, le preguntó dónde podía imprimir unos programas. Gordillo rebuscó en su bolsillo y le dio una llave. “Es la del Ayuntamiento -le dijo- luego, ya me paso por allí y me la devuelves”.
Volvimos a hablar con motivo de la visita a Marinaleda del hijo de la duquesa de Alba, Cayetano Martínez de Irujo, conde de Salvatierra. Entre decenas de periodistas y cámaras, sobre todo de la prensa del corazón, Gordillo le estuvo paseando por la envasadora, los olivares, las tierras y el molino del aceite. El conde acabó fatigado de tanto ver trabajar. Pero aguantó hasta el final, quizá por recordar que, días antes, 800 jornaleros en paro le habían ocupado la finca de La Arroyuela en protesta por sus insólitas declaraciones televisivas.
¿A quién te crees más, al conde que salió en la tele o al que vino aquí?
Me creo mucho más al conde de la tele. De la aparente sinceridad del que vino aquí a que lo demuestre en la práctica falta un trecho. Nosotros le hemos pedido un cortijo, por supuesto no nos lo va a dar.
¿Cayetano se ha comprometido a algo?
Se ha comprometido a algunas cosas pero, por supuesto, a la cesión de su tierra no. Que si es de sus hermanos, que si él no puede disponer de ella… Que eso le hemos dicho, como tú has declarado que los jornaleros no tienen iniciativas, que no quieren trabajar, pues tú nos das un cortijo, aunque sea por 10 años y tú demuestras tu solidaridad y tu generosidad y la gente demuestra que los trabajadores del campo sí que tienen iniciativas cuando consiguen los medios, pero no tienen medios porque no tienen la tierra. La tierra la tenéis unos pocos.
¿Tú crees que él vino, más que a otra cosa, para evitar que le ocupéis un cortijo?
Sí, además de para lavar su imagen.
gordillo_fabr“Este conde es el mayor terrateniente que hay en Andalucía, con 35.000 hectáreas”. Visita a la nave envasadora en Marinaleda. ©A. Piera
Eso, seguro.
A lavar la cara, seguro, pero si él piensa que porque tenga una reunión con nosotros para intentar incumplir lo que dijo en la primera reunión, que le vamos a hacer un seguimiento, si piensa que por venir lo va a evitar, pues es que no nos conoce bien. Ya una vez Chaves nos ofreció 300 millones de pesetas en subvenciones si nosotros no nos metíamos con él y, si no, que nos cortaba las subvenciones y le dijimos que íbamos a seguir metiéndonos con él y reclamando las subvenciones. Por tanto, a estas alturas, nadie debe pensar que no vayamos a seguir reclamando la reforma agraria porque creemos que uno de los problemas que tiene Andalucía es que el dos por ciento de los propietarios posee el cincuenta por ciento de la tierra y este conde es el mayor terrateniente que hay en Andalucía, con 35.000 hectáreas. Nosotros vamos a seguir reivindicando la tierra y sí que vamos a seguir ocupando fincas, incluidas las de la Casa de Alba.
¿Qué entiendes por soberanía alimentaria?
La soberanía alimentaria es la capacidad que tiene un pueblo para decidir sobre su propio modelo agrícola y alimentario, que hoy no la tiene. Andalucía no decide, el Estado Español no decide y ni siquiera Europa decide. Deciden las multinacionales, decide la Organización Mundial de Comercio, decide el Fondo Monetario Internacional. No deciden los pueblos su propia política, no deciden los campesinos ni los consumidores el modelo agroalimentario que quieren. El concepto de soberanía es que los recursos naturales, tierra, agua y semilla, tienen que ser de la comunidad que trabaja esa tierra o maneja esa semilla o tiene ese agua, y no un negocio. Tiene que ser y es un derecho, no un negocio.
Con Monsanto hemos topado.
Topamos con Monsanto, topamos con las cuatro o cinco multinacionales que controlan todo el proceso de venta de alimentos del mundo, que controlan los agrotóxicos, los agroquímicos, los herbicidas, las patentes de las semillas y todo el comercio mundial de la alimentación, que está en manos de esas pocas multinacionales. Yo creo que hace falta otro modelo agrario. La soberanía alimentaria sería un modelo revolucionario; si la agricultura saliera del Fondo mundial de comercio y del FMI, estaríamos entonces en contra del modelo que defiende la Europa comunitaria.
Para financiar los recursos necesarios para intentar esta trasformación, entre otras opciones, ¿sería entonces imprescindible en Andalucía una banca pública potente?
Sería imprescindible. Yo creo que la crisis no es más que una gran estafa de 200 billones de dólares producida por el capital financiero y creo que, después de que han robado cuanto han querido, hace falta el control del capital financiero y que en cada Estado haya, al menos un Banco público fuerte. En Andalucía, ese Banco público sería imprescindible. Un Banco público que invirtiera, por ejemplo, en construir viviendas para aquella gente que no accede a ese mercado porque no tienen medios económicos, un Banco público que invirtiera en agroindustria, que sería la clave de Andalucía, que invirtiera en la pequeña y mediana empresa, en economías productivas para combatir el paro. Por lo tanto pensamos que la nacionalización de la Banca es un elemento fundamental en cualquier proceso mínimamente progresista o mínimamente de izquierdas.
“Mientras el rico sea tan rico y el pobre sea tan pobre, la libertad de elegir es mentira”
Pero eso nos conduciría no solo a la nacionalización de la Banca, sino a todo un sistema financiero andaluz…
Por supuesto, y al control de la energía. Nosotros pensamos que la energía tiene que ser pública y renovable. Es fundamental que un recurso capital como es el de la energía no sea objeto de especulación. Y pensamos que la energía tiene que ser un derecho, lo mismo que la vivienda…, y que los trabajadores deben tener acceso a los medios de producción. La gran experiencia del Humoso (Cooperativa Marinaleda) es que tenemos la tierra del que la trabaja, la industria de quien la trabaja, que no se reparten beneficios y por eso hay empleo.
Se apasiona a medida que representa en su cabeza el modelo de sociedad al que aspira y se engalla al hablar de la finca que ocuparon y expropiaron hace ya diecinueve años. Curiosamente, cuando se refiere a las cosas de su pueblo Gordillo suele hablar en plural, no mayestático, creo, sino en lo que cabría definir como un plural solidario.
Y ese modelo de Marinaleda, ¿te parece exportable?
Totalmente.
Pero no hay tantos Gordillos ni tantos Cañameros en el mundo…
Pues habrá que inventarlos, o habrá que inventar asambleas populares que tengan esas mismas características, pero yo creo que es necesario plantearse que el problema es el reparto de riqueza y no la generación de la riqueza. Hay alimentos y riqueza en el mundo para que todos pudieran vivir, el problema es que un solo rico posee la riqueza con la que podrían vivir 800 millones de subsaharianos. Eso es lo que está mal. Aquí, el gran enemigo es el capitalismo. No se puede estar indignao, ni ser rebelde, ni llamarse ecologista ni llamarse nada, ni humanista siquiera, si no planteamos el cambio del sistema. Yo creo que el problema es el sistema.
‘Indignaos’ que molestan
Sentados frente a frente, desgranamos las ideas de este hombre al que demasiados ven como un peligro. Incluso desde Ferraz pretenden apartar a Gordillo de las listas de IU para las próximas andaluzas, sabedores de que está firmemente en contra de cualquier tipo de pacto.”Cualquier día vendrán a por mí, -me dice a menudo-. Ya lo han intentado y lo seguirán haciendo”.
Profundizamos en los pensamientos de quien tanto espanta a las derechas tradicionales como a muchos sectores de la izquierda acomodada.
¿Pero tú crees que sería posible la supervivencia de una Andalucía llevando su propio camino, al margen del resto de España, como si fuera Islandia, por ejemplo, teniendo en cuenta que Islandia es un país y Andalucía una comunidad autónoma dentro de un país?
Andalucía perfectamente podría, desde una soberanía absoluta, desde la independencia o desde la confederación con otras nacionalidades del Estado español, tener capacidad económica, social y política suficientes para ser un país más dentro de la Unión Europea. De hecho hay países mucho más pequeños, geográficamente y con menos riqueza que Andalucía. Está Holanda, que es más pequeña, están Bélgica, Luxemburgo…, es decir que hay un montón de países que son más pequeños que Andalucía…
Ya, aunque yo me refería a la autonomía andaluza dentro de España… ¿Tiene sentido que se pudiera trabajar en todas las líneas que has mencionado dentro de la estructura del Estado español?
Perfectamente. Sería posible trabajar federal o confederalmente. Porque en el mundo de las autonomías yo creo que el principal ladrón de la soberanía no es tanto Madrid, que también lo es, sino el capital financiero, el imperialismo económico. Por ejemplo, si en Andalucía tuviéramos poder político, se reclamaría otro modelo de agricultura frente a la política agraria comunitaria, el modelo que necesita Andalucía y que no lo defiende nadie, como tampoco el modelo económico que aquí se necesita.
¿Cuánta tierra hay en Andalucía infrautilizada o improductiva?
Por lo pronto, el propio IARA (Instituto Andaluz de Reforma Agraria), de la Junta de Andalucía, tiene y está intentando vender 20.000 hectáreas que no están bien aprovechadas. Ya hemos dicho que el 2% de los propietarios poseen la mitad de la tierra. El duque del Infantado tiene 27.000 hectáreas, la casa de Alba, 35.000… Hay miles y miles de hectáreas que no están bien aprovechadas, a las que no se están extrayendo todas las posibilidades agroindustriales y agroalimentarias que podría tener una tierra bien cultivada.
¿Cuántos puestos de trabajo está creando Marinaleda en su modelo de explotación?
Pues nosotros, en 2011 se han repartido tres millones y medio de euros de jornales. Para una población de 3.000 habitantes es como si nos tocara la primitiva cada año. Solo que esa primitiva se reparte entre los trabajadores del campo.
¿Hay paro en tu pueblo?
Prácticamente no hay paro. Puede hablarse de pleno empleo, porque nosotros encadenamos los cultivos de tal manera que cuando uno termina empieza otro y la industria la aprovechamos para los huecos en que hay menos trabajo en la tierra para intentar que haya trabajo continuado todo el año.
“Un solo rico posee la riqueza con la que podrían vivir 800 millones de subsaharianos”
Vuestras claves: democracia política, democracia social y democracia económica.
Efectivamente, que creo que son, además, imprescindibles. La económica, porque la democracia política sin ella es mentira. Mientras el rico sea tan rico y el pobre sea tan pobre, la libertad de elegir es mentira. Democracia política y democracia directa, en el sentido de que hay mecanismos suficientes en la sociedad de hoy para que la gente decida sobre su propia vida y no tenga que haber intermediarios que decidan por ella. Las asambleas de base, sea cual sea el sistema que se organice, deben ser el máximo órgano de decisión en todos los asuntos.
Hay alternativas actualmente en marcha para desplazar el poder hacia las asambleas populares en los más de 700 pueblos de Andalucía para que desde ellas se controlen las decisiones importantes de los cargos electos. ¿Qué te sugieren estas iniciativas?
A mí me parece que es imprescindible. Es necesario que el poder se le devuelva al pueblo. El poder político, porque el económico no lo catamos, que por eso es una dictadura, consiste actualmente en que los partidos políticos sólo van a las plazas de los pueblos cada cuatro años, para olvidarse luego de sus compromisos. Hay que devolverle el poder al pueblo para que la gente decida sobre su vida por sí misma todos los días. Todo lo que sea devolverle ese poder al pueblo y que las asambleas de base tengan el poder de decisión en cualquier organización sindical o política es fundamental. Imprescindible.
Entre otras cosas, porque revitalizaría un tejido social en el que el capitalismo está imponiendo la insolidaridad, el individualismo, la competitividad…
Una de las batallas que ha ganado la burguesía es la de las ideas. La lucha de clases se da a tres niveles. Al nivel económico, yo lo quiero tener todo para que tú no tengas nada, a nivel político, que el poder lo tiene la burguesía y las clases dominantes, y a nivel ideológico mediante el control de los grandes medios de comunicación que son hoy, no el cuarto poder sino el instrumento de propaganda de las clases dominantes. Ahí, en el campo de las ideas, no se ha hecho nada y los partidos políticos y los sindicatos que tenían fuerza tendrían que haber trabajado mucho más la conciencia de clase, pero parece que nadie quería un cambio revolucionario y han preferido tener clientes a tener militantes.
Los amargos frutos del clientelismo.
Por eso no se ha hecho trabajo de formación ideológica para que ahora, en un momento como éste de crisis donde al PSOE se le castiga por hacer política neoliberal, la gente como solución no ponga a un partido todavía más de derechas o igual de derechas que el que ya estaba o igual de capitalista. Yo creo que se ha perdido mucho tiempo en la no formación ideológica de la gente y que eso nos puede pasar una factura enorme.
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Gordillo, con Diego Cañamero y el conde de Salvatierra, visitando el molino de aceite de la cooperativa. ©A. Piera
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martes, 14 de febrero de 2012

El pueblo griego muestra el camino

BANDERA ROJA

martes, febrero 14, 2012
El pueblo griego muestra el camino

...
Resiste con dignidad frente a un Parlamento traidor

La mayoría del parlamento traicionó la expresión popular que se ha expresado con contundencia en estos últimos días. Han dicho si a lo ajustes brutales, el pueblo ahora tiene la palabra.
Grecia aprobó el plan de austeridad propuesto por la 'troika'. El Parlamento griego traicionando la expresion popular aprobó este domingo por mayoría el plan de austeridad propuesto por la 'troika', debido al respaldo de los dos partidos mayoritarios del país. El Parlamento se ha expresado pero la voz del pueblo es más potente y la escucharemos en breve.
El Parlamento heleno ha aprobado pocos minutos antes de las 12 de la noche el acuerdo de su gobierno con la troika, por el que Grecia recibirá un nuevo préstamo internacional de 130.000 millones de euros, a cambio de vender el país al mejor postor y condenar a la miseria a las clases trabajadoras.
Con una cómoda mayoría de 200 votos a favor y 74 en contra (de 300 diputados), Grecia dio luz verde a esta ayuda que concederán la Comisión Europea (CE), el Banco Central Europeo (BCE) y Fondo Monetario Internacional (FMI).
En contra del acuerdo votaron los partidos de izquierdas (KKE, etc.), tal y como habían anunciado, pero también 11 diputados del PASOK y 9 de ND, que rompieron así la disciplina de voto de las dos formaciones en el gobierno de coalición.
También se abstuvieron otros 9 parlamentarios de PASOK y 1 de ND, igual que el grupo parlamentario de LAOS, la formación ultraderechista que esta semana abandonó el gobierno.

lunes, 13 de febrero de 2012

Faltar al trabajo justificadamente entre 9 y 20 días en 2 meses por enfermedad, motivo de despido

      
por Kaos. Tijeretazos y recortes sociales
Lunes, 13 de Febrero de 2012 17:11

 


Faltar al trabajo justificadamente entre 9 y 20 días en 2 meses por enfermedad, motivo de despido
La reforma laboral da la posibilidad a las empresas, y por causas objetivas, de despedir a un trabajador por un absentismo justificado del 20% en dos meses. Así se establece en la nueva redacción del artículo 52, letra d, del Estatuto de los Trabajadores...
20minutos.es
La reforma laboral da la posibilidad a las empresas, y por causas objetivas, de despedir a un trabajador por un absentismo justificado del 20% en dos meses. Así se establece en la nueva redacción del artículo 52, letra d, del Estatuto de los Trabajadores, regulador del despido objetivo, y que con la reforma queda así: "Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses". Esta nueva redacción de dicho artículo podría ser inconstitucional, al entrar en conflicto, por ejemplo, con el derecho a la protección de salud (Art. 43. 1. de la Constitución).
Esto significa que el Gobierno ha procedido a eliminar una de las condiciones que permitían el despido objetivo por las causas anteriores, que determinaba que este se podría llevar a cabo "siempre que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5% en los mismos periodos de tiempo".
Lo que no ha cambiado es la serie de situaciones que no computan como faltas de asistencia: "No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda."
Según cuenta Laboro, esto se traduce en que, basándonos en el límite del 20% de faltas al puesto de trabajo en jornadas hábiles durante dos meses consecutivos (unas 45 jornadas para un trabajador con turno de lunes a viernes), una empresa podría prescindir de un miembro de su personal si este ha permanecido de baja durante más de 9 días, pudiendo optar por despedirle con 20 días de indemnización y un máximo de 12 mensualidades, tal y como permite el despido objetivo.
Los trabajadores a los que se conceda la baja por enfermedad podrían evitar su despido si su ausencia justificada es superior a 20 días consecutivos por una baja por enfermedad o accidente no laboral, como se delimita en los supuestos no considerados como falta de asistencia. En este aspecto, tal y como recuerda Laboro, jugarán un papel esencial las mutuas, a las que se otorga mayor importancia en las empresas con la nueva reforma a la hora de dar las altas a los trabajadores, aunque esta modificación aún está pendiente de aprobación. Por el momento, el único que puede determinar que el trabajador está recuperado de la baja es el médico de cabecera.
Más información en:
http://laboro-spain.blogspot.com/2012/02/reforma-laboral-al-detalle-el-nuevo.html

domingo, 12 de febrero de 2012



Fuente, El independiente de canarias


LOS ANGELES



Muere Whitney Houston

 A los 48 años



La cantante estadounidense Whitney Houston ha fallecido este sábado a los 48 años, según ha confirmado la cadena norteamericana CNN. Su representante, Kristen Foster, no obstante, no ha aclarado las causas de su fallecimiento, ni el lugar donde ha perecido. Al respecto, el diario estadounidense 'Los Angeles Times' ha informado de que fue hallada sin vida en su habitación del hotel Beverly Hilton, citando a fuentes "anónimas".



Houston ha vendido más de 170 millones de álbumes, según precisa en su web, el último de sus singles estaba previsto que se lanzara este año, 'Sparkle' (Brillar), una reedición de su éxito de 1976. En mayo de 2011, Houston consiguió ayuda para combatir su adicción a la droga y al alcohol.



No solo destacó como cantante de géneros como el gospel, el pop y, en sus últimas apariciones, de R&B, sino también como actriz, compositora y productora. Houston también emprendió una breve carrera empresarial y ejerció eventualmente como modelo.



Bajo el sobrenombre de 'The voice', Houston alcanzó la cima de su carrera en 1985, cuando vendió más de 30 millones de copias de su álbum que llevaba su nombre. Este hecho supuso el debut musical femenino con mayor eco en la historia. Dos años después lanzó un segundo disco, cosechando otro hito en el mundo de la música: fue la primera cantante cuyo álbum debutaba en la lista de los Billboard 200 en el primer puesto. Houston también es la cantante que más semanas ha permanecido en el número uno de dicho índice, 50 semanas, con 'Whitney Houston', 'Whitney', 'Waiting to Exhale' y la banda sonora de la película de 'El guardaespaldas'.



Su obra musical, en esencia, consta de siete álbumes de estudio, tres bandas sonoras y 53 singles, de los que once alcanzaron el número uno en la clasificación Billboard Hot 100. Máxime, el tema 'I will always love you', que data de noviembre de 1992, se convirtió en el single más vendido por una artista femenina en la historia de la música. En su haber obran seis premios Grammy de la música, dos Emmy, 30 Billboard Music Awards y 22 American Music Awards, lo que le convierte en una de las solistas más laureadas de la historia.



Su aventura en el mundo cinematográfico comenzó en 1992 en la película 'El guardaespaldas'. Su segunda experiencia fue en 1995, en el filme 'Waiting to exhale' y, por último, en 'The Preacher's Wife'.

viernes, 10 de febrero de 2012

La llamada reforma laboral es el mayor ataque contra los trabajadores



Fuente, MAGEC.info

No es una reforma laboral, es el mayor ataque contra los derechos de las clases trabajadoras que se podía imaginar

organízate y lucha



Estas son las principales medidas aprobadas. Una aberración en toda regla, que devuelve a los trabajadores a condiciones de semi-esclavitud, los condena al paro, a la emigración o al trabajo -precario- por un "plato de comida", y que, para colmo, pone parte de los derechos adquiridos, como es el subsidio por desempleo, en manos del empresario, robándoselos al trabajador. Algo inaudito. Además, por si fuese poco, se privatizan de manera encubierta los servicios de colocación de empleo, y se otorga a las ETT, paradigma del abuso y de la explotación laboral, un papel central en la estrategia de "lucha" contra el desempleo, con todo lo que ello significa:



Contratación

          El contrato indefinido tendrá una indemnización de 33 días por un máximo de 24 mensualidades.

          Nuevo contrato para "emprendedores": será indefinido "para evitar la temporalidad y dualidad". Destinado a pymes de menos de 50 trabajadores. Ayudas: Deducción fiscal de 3.000 euros para el primer asalariado siempre que sea menor de 30 años. La persona que tiene hoy la prestación de desempleo podrá compatibilizar el 25% de la percepción por paro durante un año.

          Bonificaciones: hasta 3.600 euros por contratar a menores de 30 años. Por otro lado se bonifican con 4.500 euros por incorporar a parados de larga duración

          Se prohíbe la encadenación de contratos temporales más allá de 24 meses

          Las ETT actuarán como agencias de colocación, harán la competencia al INEM y al SOC

          Se facilita la modificación de jornada, salario y funciones

Formación

          El trabajador podrá formarse en la propia empresa, se instaura el modelo alemán de formación dual

          Formación Profesional: se evaluará la empleabilidad de los cursos. El trabajador tendrá derecho a 20 horas de formación pagadas por la empresa

Negociación colectiva y absentismo

          Prioridad del convenio de empresa al sectorial. Se facilita a las empresas el descuelgue del convenio colectivo. El plazo máximo será de dos años

          Se anuncia una próxima ley de mutuas se recogerán los mecanismos para regular la metodología para que esas entidades participen en la valoración del abstencionismo

Despido

          Las causas empresariales para despedir objetivamente con 20 días de indemnización son las pérdidas actuales o previstas y además una caída de los ingresos durante tres trimestres consecutivos

Desempleo

          Los parados podrán compaginar el cobro del paro con la prestación de servicios para la comunidad, en coordinación con las autonomías

          Las prestaciones por desempleo permanecen sin variación

Resumiendo:

Se abarata el despido. La indemnización será de 33 días por año trabajado y con un máximo de 24 meses. 20 y un máximo de 12 meses en caso de que el despido sea declarado procedente, para lo cual la reforma aumenta el margen de casos aceptables como tales.

Autoriza el descuelgue de las Pymes de los convenios sectoriales. En la práctica supone que el empresario pueda imponer las condiciones de trabajo (horarios, duración de la jornada, salarios, etc.) a su antojo. Supone, también, el fin de la negociación colectiva. Los convenios prácticamente pasan a ser, en el ámbito de las Pymes, papel mojado, o, mejor dicho, figuras retóricas para adornar el marco de relaciones laborales vigente, pero sin valor real alguno.

Prácticamente se equiparan las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) al INEM y demás agencias autonómicas de empleo, en lo que supone una privatización encubierta del servicio público de empleo. Las ETT, conocidas por ser el paradigma de la contratación ultraprecaria y la explotación laboral abusiva, serán ahora quienes ejerzan como agencias de colocación a gran escala, quitándo del medio la incomodidad que para un empresario explotador pudiera suponer tener que utilizar el estado como intermediador en la búsqueda de trabajadores y trabajadoras, y convirtiendo de facto la oferta/demanda de empleo en un negocio, donde los desempleados serán tratados como mera mercancía a la que poder sacar un rendimiento económico. La oferta/demanda de empleo pasa a ser un negocio.

Convierte a los desempleados, personas enfermas con baja laboral, etc. en sujetos sospechosos de estar cometiendo algún tipo de fraude fiscal solo por el mero hecho de encontrarse en tal situación laboral, y carga sobre ellos la lucha contra la "economía sumergida", tratándolos apriori como delincuentes.

Instauran una vía legal por la cual el empresario podrá robar a un joven desempleado, que esté cobrando el subsidio de desempleo, parte de su prestación. Para que se entienda, lo que se acaba de aprobar, viene a ser algo así como si usted, ciudadano trabajador, joven, en paro y que actualmente está cobrando 1000 euros por el subsidio de desempleo, para que un empresario acepte contratarlo, en las condiciones que él considere oportunas (digamos, por ejemplo, contrato temporal por el salario mínimo de 642 euros), usted deberá renunciar al 75% del mismo, de los cual un 25% irá para el estado, y un 50% para el empresario en forma de deduciones fiscales. Usted seguirá cobrando el 25% restante, pero perderá todo derecho adquirido al respecto, y, en esencia, será usted, con su subsidio, quien esté pagando la mayor parte del coste que al empresario le supone su contratación.

En agencias:

La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha anunciado que a partir de la entrada en vigor de la reforma laboral aprobada hoy la indemnización por despido improcedente en el caso de los contratos indefinidos será de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, mientras que la del despido procedente será de 20 días por año trabajado, con un máximo de un año de salario. Según Báñez, la reforma respetará los derechos adquiridos por los trabajadores.

El Gobierno ha clarificado en esta reforma las características para que las empresas puedan acogerse a despidos objetivos por causas económicas (20 días por año trabajado).

Así, se entenderán por causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, como la existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.

Además, la reforma recuperará a partir del 1 de enero de 2013 el límite al encadenamiento de contratos temporales eliminado por el anterior Gobierno, y elimina la autorización laboral administrativa que se requería en los despidos colectivos.

Asimismo, fomentará la contratación indefinida de jóvenes y de parados de larga duración con bonificaciones de hasta 4.500 euros, regula por primera vez el teletrabajo, facilita el descuelgue de los convenios y la modificación de las condiciones laborales, y modifica el contrato estable a tiempo parcial y el de formación y aprendizaje.

En este punto, Báñez ha explicado que el contrato de formación podrá realizarse con trabajadores de hasta 30 años hasta que la tasa de paro no baje del 15%. Cuando ésta caiga por debajo de esa barrera, la edad máxima del contratado será de 25 años. Además, ha dicho la ministra, los trabajadores podrán formarse en las propias empresas, al estilo del modelo dual de formación.

En prensa:

El Consejo de Ministros ha aprobado su anunciada reforma laboral, envuelta hasta la fecha en un enorme secretismo. No ha sido hasta la rueda de prensa posterior a la reunión del Gobierno de este viernes cuando se ha confirmado la aprobación de la reforma que liquida el contrato con indemnización de 45 días. Desde que entre en vigor la norma, el abaratamiento de los despidos afectará a todos los contratos, no solo a los nuevos. Además, la nueva reforma laboral permitirá no aplicar en tiempos de crisis el convenio pactado.

Otro de los puntos clave de la reforma es que la indemnización para trabajadores fijos que sean despedidos de forma improcedente se reduce de 45 a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

Tras la introducción de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, ha calificado la reforma laboral de "completa e histórica". Báñez ha asegurado que el Ejecutivo ha aprobado "una reforma para el empleo estable pensando en los ciudadanos, en los parados y en los jóvenes sin empleo".

"Va a atacar la fuerte dualidad entre empleos indefinidos y temporales", ha afirmado Báñez, "y la rigidez de la que adolece el mercado de trabajo que hace que las empresas afronten la crisis con despidos".

Previamente la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha anunciado que se concederá unadeducción de 3.000 euros a los autónomos que contraten a su primer trabajador menor de 30 años en situación de desempleo.

Dicho trabajador cobrará, según Sáenz de Santamaría, el 25% de la prestación por desempleo y el empleador podrá deducirse en el plazo de un año el 50% del montante que al trabajador contratado le quede por percibir.

La vicepresidenta ha definido la reforma laboral como importante y de calado y ha asegurado que "marcará un antes y un después en la legislación laboral" española.

El 'mutismo" del Gobierno sobre qué medidas contempla la reforma ha generado un gran malestar entre los sindicatos, que también rechazan uno de los detalles que se han conocido, quedesaparecerá el contrato fijo con indemnización de 45 días.

La reforma laboral llega al Consejo de Ministros en medio de un enorme crisis de empleo, con casi 5,3 millones de parados y menos de 17 millones de afiliados a la Seguridad Social. Según la Encuesta de Población Activa (EPA) del cuarto trimestre de 2011, la tasa de paro ya alcanza el 22,85%, un porcentaje inédito para la economía española desde el primer trimestre de 1995 (23,49%). Pero la cosa parece que no va a acabar aquí: el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ya advirtió que las cifras del paro "empeorarán" en 2012.

Éste es el resumen de cómo será el nuevo contrato para jóvenes:

1.         Será un contrato indefinido que se ceñirá a empresas con menos de 50 empleados.

2.         La compañía que fiche como primer trabajador a un menor de 30 años podrá beneficiarse de una deducción de 3.000 euros.

3.         Para incentivar la contratación de trabajadores que actualmente están en paro, se podrá completar el sueldo con el 25% del paro correspondiente. Además, el empleador podrá deducirse el 50% de la cantidad que le quedaba por cobrar al trabajador.

Más información:

El Gobierno ha anunciado hoy una reforma laboral que rebaja de forma generalizada el coste del despido para las empresas, tal y como ayer avanzó el ministro de Economía, Luis de Guindos. Entre los cambios que establece la nueva normativa, que entrará en vigor mañana tras su publicación en el BOE ya que se ha aprobado por decreto ley, se generaliza el contrato con indemnización por despido de 33 días y un máximo de 24 mensualidades, así como se flexibilizan las causas para que los empresarios puedan acogerse a la vía del despido procedente, que se limita a 20 días por año trabajad. Por el lado de la contratación, pone en marcha un nuevo contrato indefinido para las pymes que combina el cobro del paro con el de un salario y reinstaura la prohibición que suspendió el anterior Gabinete de concatenar contratos temporales más allá de los 24 meses.

El descenso en el coste de despido afectará también a los contratos ordinarios (los de 45 días) firmados antes de la reforma, la octava desde que se creó el Estatuto de los Trabajadores en 1980. Es decir, cuando se despida a un trabajador con contrato ordinario firmado antes de mañana, la indemnización se calculará según dos escalas: el periodo previo a la reforma se computará de acuerdo a la indemnización de 45 días por año; el posterior, con respecto a la nueva fórmula de 33 días por año trabajado.

Sin salir del lado de las empresas también se facilita que se puedan acoger a la modalidad de despido procedente. Para ello, tendrá que tener "pérdidas actuales o previstas" o una "disminución de ventas durante tres trimestres consecutivos", según ha explicado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, tras el Consejo de Ministros que ha aprobado el decreto. Esta vía es la que cuenta con una indemnización por despido más barata (20 días por año trabajado y un máximo de un año de salario) y es la que se emplea habitualmente ahora en los Expedientes de Regulación de Empleo.

Para reducir el paro juvenil, que sufre una tasa de desempleo del 48%, el Ejecutivo ha creado un nuevo contrato indefinido para emprendedores. En él, se establece una rebaja en los costes laborales de 3.000 euros para las pymes con menos de 50 trabajadores al contratar al primer empleado menor de 30 años que esté en paro. Ese trabajador seguirá cobrando el 25% del paro al que tenía derecho mientras, el empleador, podrá dejar de pagar el 50% de lo que le correspondía de la prestación a la que tenía derecho el empleado durante un máximo de un año, aunque este periodo coincide con el tiempo de prueba que prevé el nuevo contrato.

Junto a este contrato, el Gobierno modifica las bonificaciones y se establece una ayuda de 4.000 euros para quienes den trabajo a los llamados parados de larga duración. En formación, la edad máxima para optar a un contrato de aprendizaje se eleva a los 25 años. Asimismo, se regula que las agencias de empresas de trabajo temporal puedan funcionar como agencias de colocación.

La ministra ha apuntado que el principal objetivo de la reforma, diseñada para atajar la destrucción de empleo en España, es acabar con la dualidad existente en el mercado laboral español entre temporales e indefinidos. Asimismo, ha defendido que aumentará la flexibilidad interna de las empresas, lo que permitirá que los ajustes a los que se vean obligados en épocas de deterioro económico no se traduzcan, como hasta ahora, en recortes de plantilla.

En opinión de Báñez, el nuevo marco legal también permitirá aumentar los derechos de los trabajadores, aunque se ha limitado a apuntar a que tendrán más derecho a la formación, ya que se aborda una amplia reforma de la FP. Junto a ello, cada trabajador tendrá derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por su empresa.
Según ha descrito la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, se trata de una “reforma importante, de calado y completa”. “Marcará un antes y un después del mercado laboral”, ha asegurado antes de señalar que sienta “las bases para volver a crear empleo”. Eso sí, ha admitido que la reforma, si bien es necesaria, no es suficiente para atajar el paro.