miércoles, 8 de febrero de 2012

España y Marruecos tienen la mediana pactada





Antonio Rodríguez de León


En la VII reunión de alto nivel (RAN), celebrada en septiembre de 2005 en la ciudad de Sevilla, España y Marruecos acordaron pactar la discutida Mediana al Este de Canarias. El documento no fue publicado, pero sí las declaraciones al respecto por ambas partes. En Sevilla pactaron que entre Canarias y Marruecos no existirían fronteras, que dichos espacios marítimos serían compartidos conjuntamente entre las partes. Pactaron una Mediana por el método internacional de una línea equidistante que separaban las zonas a explorar por cada Estado de los posibles yacimientos petrolíferos. Se pactó además, y aquí está el peligro para Canarias, que cuando se firme definitivamente la Mediana se aplicará el método equitativo. Hace unos días, ha sido ratificada por el Ministro de Exteriores marroquí, Saad Eddine el Othmani. La ha servido de puente la prensa escrita de Canarias. Eso sí, que se publica pero no el fondo legal de la cuestión. La Mediana equidistante es la preferida por España, pero en la jurisprudencia marítima internacional prevalece la equitatividad, como añadiremos al final de este artículo.

Marruecos exigió que la línea equidistante tuviera carácter provisional y que en un futuro, la Mediana Fronteriza entre Canarias y Marruecos, se defina por la línea equitativa. Esto se interpreta que España explota el petróleo canario sin protesta por la parte marroquí, y, para cuando acaben las extracciones petrolíferas, España acepta la mediana equitativa, reconociendo los derechos internacionales de Marruecos de una zona económica exclusiva sobre las Islas Canarias. En definitiva, España aceptó entregar a Marruecos la zona económica exclusiva canaria, estimada aproximadamente en 720.000 KM2. Esta es la cruda verdad a la que nos quieren confundir la prensa escrita. Y los políticos canarios que, conociendo esta realidad, también callan.

Algunos periodistas radiofónicos conocen la verdad, pero no se atreven a hablar por miedo al despido, otros se prestan a dar información sesgada, distorsionando con falsedades para confundir a la ciudadanía canaria. Hemos escrito muy mucho sobre este tema, sin que ninguna prensa escrita se hiciera eco de ella, por lo que tampoco este escrito será publicado en esos periódicos. Pero no podrán impedir que circulen por Internet. A pesar de ser criticada y vilipendiada la Plataforma por el Mar Canario por expertos marítimos, e incluso de grupos independentistas que siguen con la misma estrategia de hace 40 años, encerrados en un credo nostálgico, e incapaces de zafarse del nudo interno, cuyo objetivo es la de confundir y frenar cualquier intento de nuevos proyectos que puedan conducir hacia la independencia. Por lo que España tiene miedo a un Estatuto de Plena Autonomía Interna, que, aunque pueda encajar dentro de la Constitución, entiende que pueda conducir a los canarios a reclamar un referéndum de autodeterminación. Y no es precisamente la independencia que aspira un 80% de los canarios, que se sienten españoles y europeos. Pero si España actúa con una política con Canarias como lo ha hecho Portugal con Madeira y Azores, no habrá inclinación a la independencia, siempre que se nos permitan a los canarios autogobernarnos sin imposiciones desde Madrid en temas internos y comercio exterior. La Plataforma por el Mar Canario lucha con las propias Leyes del Estado, la Constitución Española, con las Leyes Internacionales aprobadas en las Cortes Españolas, y con el Derecho Comparado Internacional. Durante varios años nos negaban la viabilidad de nuestra propuesta por una Plena Autonomía Interna. Cuando decíamos en el año 2004, que a partir de enero de 2005, los Estados podrían ampliar su Plataforma Continental para reservar su zona económica exclusiva hasta las 350 millas, nos decían que era una falsedad la ampliación a 350 millas.

También nos decían que la Comunidad Autónoma de Canarias no podría firmar el Tratado Internacional del Mar de Montego Bay, con un Estatuto de Plena Autonomía Interna, y que solo era posible a través de la independencia. Una verdad a medias, pregonadas por españolistas e independentistas. Y las medias verdades solo favorecen a quienes se mueven para sus propios intereses económicos y personales, e impidiendo los verdaderos intereses colectivo del pueblo canario.

España tampoco está por la labor de dotar a Canarias con un Status Político de aceptación internacional, con el cual se podría delimitar los espacios marítimos y aéreos alrededor de Canarias. Desde el año 2003 reclamamos para la Comunidad Autónoma de Canarias un Estatuto de Plena Autonomía Interna, para poder acogernos al Tratado Marítimo de Montego Bay. Decíamos que el Derecho Internacional del Mar establece, que la titularidad sobre aguas interiores entre islas y su zona económica exclusiva, depende del concepto jurídico que se le dé a territorios formados por un grupo de islas.

En estos casos, la interpretación dada por la jurisprudencia en los Tribunales Internacionales, dice textualmente: “que cuando una isla o grupo de islas esté lo suficientemente aislado del Estado ribereño, tiene derecho a un área separada de la plataforma continental; aunque el hecho de saber cuál parte de la plataforma es equitativa, varía respecto a que todas las circunstancias geográficas y otros factores relevantes; añadiendo: “si en la prolongación natural del territorio de un Estado (plataforma continental), se encuentran un conjunto de islas con soberanía de otro Estado, sé aplicaría la delimitación entre dichos territorios, de forma equitativa, reduciendo la mínima parte de espacio marítimo; del que le corresponde a la plataforma del Estado ribereño”.

Añadiendo; ‘el establecimiento de la delimitación fronteriza entre Estados, se aplicará con criterios equitativos de acuerdo con la configuración geográfica del espacio marítimo en disputa, y de otras circunstancias inherentes al caso concreto’. Estos principios de la jurisprudencia internacional dejan al conjunto de las islas, totalmente indefensas en las aguas entre islas, (aguas interiores archipelágicas) por la no consideración del concepto jurídico de “archipiélago”, como, asimismo, la delimitación de la zona económica exclusiva para fijar la Mediana como límite fronterizo entre el archipiélago y el Continente, es la consecuencia negativa de Canarias. “Que no es un territorio dotado con plena autonomía interna”.

Otra interpretación de la jurisprudencia internacional, también textualmente: los principios equitativos, prevalece ante los principios de las equidistancias, que dice: el principio vecino de no solapamiento de una parte sobre la prolongación natural de la otra, y que no es sino la expresión negativa de la regla positiva, según la cual, el Estado costero goza de derechos soberanos sobre la Plataforma Continental que bordea sus costas en toda la extensión que autoriza el derecho internacional, de conformidad con las circunstancias pertinentes. Esta otra; los derechos del Estado ribereño sobre su Plataforma Continental son derechos soberanos, exclusivos e incondicionales en el sentido siguiente: si el Estado no ocupa o explota su Plataforma Continental, ningún otro Estado puede emprender dicha explotación, sin su expreso consentimiento.

España no puede extraer petróleo por fuera de las doce millas, sin autorización de Marruecos.

Conociendo las aspiraciones expansionistas de los vecinos, con el Pacto de Sevilla del 2005 podemos afirmar que España ha hipotecado el futuro de la zona económica exclusiva canaria por el pronto pago de un petróleo ahora marroquí. Pero esto con un cambio de Estatuto podría ser canario, y de la que España también podría beneficiarse, siempre condicionado a la fiscalización y control por parte de un Gobierno Canario Pleno.


En La Ciudad de Telde, Gran Canaria, a 5 de febrero de 2012